Paula Bedin (CONICET- UNMdP)[*]
A la historia de la incorporación de las mujeres al terreno de la representación política se le ha sumado un gran avance recientemente en nuestro país. En octubre del 2016 se aprobó y promulgó la Ley 14848 en la Provincia de Buenos en la cual se establece una participación política equitativa entre los géneros para todos los cargos electivos. En el mismo año también se sancionaron leyes similares en otras provincias como Salta, Chubut y Neuquén. Estas provincias no fueron las primeras en aprobar una ley de paridad de género. En el año 2000, Santiago del Estero y Córdoba adoptaron la paridad política y dos años más tarde se sumó Río Negro. Estas últimas tres lo hicieron en el marco en el cual una gran cantidad de provincias debatían si se acoplaban o no a lo determinado por la ley de cupo femenino (Ley 24012). En estos casos, la decisión fue incorporar un cupo mínimo de candidaturas de mujeres en las listas electorales pero no del 30% (como establecía la legislación nacional) sino del 50%.
Desde entonces la paridad política parecía ser sólo un fenómeno que había ocurrido en algunas pocas provincias de la Argentina en un pasado lejano. Sin embargo, en el año 2014 tuvo lugar un boom de proyectos legislativos que fueron presentados en una gran cantidad de provincias y a nivel nacional. De este renovado impulso que cobró el debate por la paridad política no sólo emergieron las leyes anteriormente mencionadas sino también la media sanción en la Cámara de Diputados Nacionales que tuvo lugar el 12 de septiembre pasado. Esta medida fue respaldada por todos y todas las diputadas/os con la excepción de algunos/as legisladores de izquierda.[1] Por este motivo, se espera que para la primera semana de octubre sea finalmente aprobada por amplia mayoría en el Senado de la Nación.
La temprana adopción de la paridad en algunas provincias permitió un análisis profundo sobre los avances y desafíos de este tipo de leyes para la representación política de las mujeres. Estos estudios demostraron, entre otras cosas, que incluso en un contexto de paridad política la combinación entre pocos cargos para distribuir en distritos pequeños y las listas encabezadas en su mayoría por hombres, atenta contra el acceso de las mujeres a los cargos. En ese sentido, una paridad real sólo puede existir si los partidos políticos se comprometen con el objetivo de una distribución equitativa de la representación política.
Este es el tipo de obstáculos con los que debe lidiar la ley recientemente aprobada en la Provincia de Buenos Aires. Al realizar un análisis de las listas presentadas en las PASO 2017 tanto como las oficializadas para las próximas elecciones generales en octubre, para la Municipalidad de General Pueyrredón y para Senadores/as Provinciales de la Quinta Sección electoral, pudimos comprobar que en su mayoría están encabezadas por hombres. Respecto de las listas presentadas en las PASO a nivel municipal, de un total de 25 listas presentadas todas respetan la paridad política, alternando un hombre y una mujer o viceversa. No obstante, 21 de ellas está encabezada por hombres y sólo 4 por mujeres. Algo similar ocurre en las listas de la Quinta Sección, las cuales si bien respetan la paridad y la alternancia, de un total de 19 listas sólo 4 están encabezadas por mujeres. La situación se agrava aún más cuando analizamos las listas oficializadas para las próximas elecciones de octubre. En las candidaturas a concejales sólo una lista está encabezada por una mujer. En las listas para la quinta sección todas ellas están encabezadas por hombres.
Si efectuamos una prospección a partir de los resultados de las PASO, la distribución a través del sistema D´Hont nos muestra que de las cinco bancas que se ponen en juego para la Cámara de Senadores en la Quinta Sección de la Provincia de Buenos Aires la lista ganadora obtendría 3 de las 5 bancas mientras que le corresponden 2 lugares a la segunda fuerza. Si tenemos en cuenta que ambas listas están encabezadas por hombres, esas cinco bancas serán ocupadas por 3 hombres y 2 mujeres. Si en el resto de las secciones electorales se repite este escenario, la paridad de las listas no se verá reflejada en las bancas.
En el terreno municipal puede verse con mayor magnitud cuál es el problema que enfrentamos si las listas estuvieran encabezadas todas por hombres. De consolidarse en octubre los resultados de las PASO, las bancas se distribuirían en cinco concejales por la lista ganadora, tres concejales para la segunda fuerza y dos concejales para las listas que quedaron en cuarto y quinto lugar [2]. Si las listas ganadoras estuvieran encabezadas todas por hombre, de esas 12 bancas que se renuevan entrarían 7 hombres y 5 mujeres. Gracias a que, contingentemente, la única lista encabezada por una mujer resultó ganadora en las PASO, probablemente el resultado en octubre finalmente sea paritario. No obstante, no deja de ser posible el panorama en el cual la distribución de las bancas (5-3-3-1; 6-2-2-1-1; entre otras) devuelva un resultado que no lo sea.
De esta manera, los resultados nos muestran que las leyes de paridad en sí mismas son exitosas, pero que la cultura política de los partidos tiene que transformarse para no presentar obstáculos a dicha ley. La ley en sí misma es exitosa porque puede lograr el objetivo de la paridad política, elevando así la representación femenina del 30 % mínimo establecido por la ley de cupo femenino. Pero su éxito se relativiza en contextos donde las listas siguen en su mayoría siendo encabezadas por hombres.
[*] Es Doctora y Magister en Ciencias Sociales y Humanas por la Universidad Nacional de Quilmes, Licenciada y Profesora en Filosofía por la Universidad Nacional de Mar del Plata. Es becaria posdoctoral del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas e integrante del Grupo de Estudios sobre Familia, Género y Subjetividades, en el Centro de Estudios Históricos (CEHIS), Facultad de Humanidades. Se desempeña como Ayudante Graduada regular en la Facultad de Psicología y en la Facultad de Trabajo Social, UNMdP. Sus temas de investigación son el género en relación a la ciudadanía, la representación política y la inclusión / exclusión.
[1] Las razones por las cuales el bloque de izquierda no respaldó el proyecto de ley pueden leerse en: https://www.infobae.com/politica/2016/10/20/que-diputados-votaron-en-contra-de-la-paridad-de-genero/
[2] Véase Bianchino Augusto, “Los resultados de las PASO en el Distrito de General Pueyrredón: un análisis en perspectiva histórica” en Observatorio Ciudadano Político Electoral, septiembre 2017, disponible en: https://www.observatoriopolitico.com.ar/los-resultados-de-las-paso-en-el-distrito-de-general-pueyrredon-un-analisis-en-perspectiva-historica/